por: Magda Lidia Calvimontes Calvimontes
Ex Asambleísta Constituyente
Durante años sostuve que el régimen autonómico boliviano no había fracasado por la Constitución Política del Estado (CPE) dado que de manera textual establece que la autonomía implica no solo la elección de sus autoridades sino la administración de sus recursos, que toda transferencia de competencias implica transferencia de recursos, marco Constitucional que por jerarquía normativa debe respetarse (Artículos 272, 305 de la CPE) , sino porque el centralismo sobrevivió a ella.
En mi artículo Las autonomías sucumbieron ante el centralismo, publicado en Tribuna Jurídica de la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho, afirmé que la autonomía económica y financiera quedó «solo en la quimera»; que la administración de los recursos continuó concentrada en el nivel central; que se asignaron competencias sin el financiamiento suficiente para ejercerlas; y que la Ley Marco de Autonomías terminó restringiendo el alcance del modelo diseñado por el constituyente.
Diecisiete años después de la vigencia de la Constitución Política del Estado, el órgano ejecutivo del nivel central reconoce que aquel diagnóstico no era una exageración doctrinal.
El Acuerdo N.º 001/2026, denominado Agenda 50/50, admite expresamente que las autonomías siguen siendo «un proceso aún inconcluso» y plantea la necesidad de fortalecer las libertades competenciales, económicas, financieras y presupuestarias de los gobiernos subnacionales.
En otras palabras, la Agenda 50/50 reconoce que aquello que denuncié hace años continúa siendo una realidad.
Cuando escribí que la autonomía había sucumbido ante el centralismo, sostuve que no puede existir un verdadero autogobierno si los gobiernos departamentales dependen casi exclusivamente de las transferencias nacionales.
Un gobierno que no administra recursos suficientes ni puede generar ingresos propios difícilmente puede decidir su propio destino. El acuerdo firmado en Sucre parece llegar a la misma conclusión. Propone ampliar el dominio tributario departamental, fortalecer la autonomía fiscal, revisar la Ley N.º 154 y crear mecanismos que permitan generar ingresos propios. No se trata de una concesión menor; es el reconocimiento de que el diseño vigente ha sido insuficiente para hacer efectiva la autonomía prevista por la Constitución.
También advertí que el problema no radicaba únicamente en la cantidad de recursos, sino en quién decide cómo gastarlos. Señalé que una parte importante del presupuesto departamental estaba condicionada por leyes, decretos y programas definidos desde el nivel central. La consecuencia era evidente: la autonomía existía en el papel, pero no en la gestión cotidiana.
Prueba de ello es que hoy se plantea una norma sobre alianzas público-privadas, propuesta que en Tarija fue impulsada durante la gestión del exgobernador Adrián Oliva Alcázar, bajo el liderazgo del recordado Óscar Farfán Mealla. Sin embargo, las entidades territoriales autónomas no deberían requerir normas específicas emanadas del nivel central para decidir cómo ejercer sus competencias ni definir los mecanismos de gestión de sus propios recursos, para ello debe cambiarse en la Ley Marco de Autonomías una libertad absoluta para definir las formas de administrar sus propios recursos, no estar sometidos a leyes y decretos supremos anteriores a la vigencia de la Constitución.
La Agenda 50/50 vuelve a coincidir con esa crítica cuando afirma que la autonomía también consiste en decidir en qué gastar y propone revisar las normas nacionales que condicionan el destino del gasto departamental. Esta afirmación tiene enorme relevancia constitucional, porque reconoce que la libertad presupuestaria constituye un elemento esencial del autogobierno.
En mi artículo sostuve igualmente que la tutela presupuestaria ejercida por el nivel central era incompatible con la igualdad jerárquica entre entidades territoriales autónomas. El Acuerdo plantea sustituir varias autorizaciones previas por mecanismos de información posterior, una diferencia que no es menor. Autorizar significa subordinar; informar significa coordinar. Esa distinción marca la frontera entre el centralismo y una verdadera autonomía.
Otro de los aspectos que cuestioné fue la asignación de competencias sin recursos suficientes para ejercerlas. La Constitución distribuyó competencias, pero muchas de ellas llegaron sin el financiamiento correspondiente. Así, las gobernaciones asumieron responsabilidades frente a la ciudadanía sin contar con los medios económicos para cumplirlas.
La Agenda 50/50 incorpora precisamente la necesidad de equilibrar competencias, financiamiento y capacidades institucionales, reconociendo implícitamente que el modelo vigente produjo desequilibrios que terminaron debilitando a las entidades territoriales.
Quizá uno de los reconocimientos más importantes sea la decisión de revisar la propia Ley Marco de Autonomías y otras normas que, lejos de desarrollar la Constitución, terminaron restringiendo competencias departamentales. En mi trabajo sostuve que la recentralización no solo fue política; también fue normativa. Hoy esa afirmación encuentra un eco evidente en el propio acuerdo suscrito entre el Gobierno y los gobernadores.
Sin embargo, también corresponde hacer una precisión. La Agenda 50/50 no devuelve por sí misma las autonomías que el centralismo fue erosionando durante estos años. El documento está construido sobre compromisos de «evaluar», «analizar», «identificar», «revisar» y «promover». Es una hoja de ruta, no una reforma consumada.
La diferencia es fundamental. Reconocer el problema no equivale a resolverlo.
La fórmula 50/50 posee una enorme fuerza política, pero todavía carece de desarrollo jurídico suficiente. Mientras no existan leyes que modifiquen el régimen de coparticipación fiscal, fortalezcan efectivamente la potestad tributaria departamental, eliminen las competencias sin financiamiento y restituyan la autonomía presupuestaria, el centralismo seguirá conservando buena parte de su estructura.
Como ex Asambleísta Constituyente, no puedo dejar de advertir que la Constitución de 2009 nunca concibió la autonomía como una simple descentralización administrativa. Fue diseñada como un verdadero sistema de autogobierno territorial, sustentado en competencias, recursos propios y responsabilidad política. Lo que ocurrió después fue una progresiva recentralización que terminó vaciando de contenido buena parte de ese diseño.
Por eso considero que la Agenda 50/50 tiene un valor político indiscutible: constituye, quizá por primera vez, una admisión expresa de que el modelo autonómico no alcanzó el desarrollo que prometía la Constitución. En ese sentido, confirma el diagnóstico que formulé hace años en Las autonomías sucumbieron ante el centralismo.
Pero también deja una advertencia ineludible: las autonomías dejarán de sucumbir ante el centralismo únicamente cuando el autogobierno deje de depender de promesas políticas y se convierta, finalmente, en una realidad jurídica, financiera y competencial. Hasta entonces, la Agenda 50/50 representa más el reconocimiento de una deuda histórica que su verdadero cumplimiento.
Nota: Artículo de referencia: https://dicyt.uajms.edu.bo/revistas/index.php/tribuna-juridica/article/view/642





