De censos, estadísticas, cifras confiables y transparencia, a propósito de la Ley 50 de Tarija

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por: Eduardo Claure

Hoy en día está ampliamente aceptado que el desarrollo económico y social de un país, departamento o región, requiere de una política clara y transparente de producción y difusión de datos.  Estudios recientes demuestran la importancia de contar con un marco legal que promueva la autonomía técnica y de gestión de instituciones de estadísticas, sean nacionales o locales, si bien subrayan que la aplicación de la norma sólo sale adelante si existen usuarios dispuestos a exigirla: gobiernos, universidades, académicos, investigadores, organizaciones sociales, de la sociedad civil, religiosos, entidades colegiadas, productores, el sector privado y organismos internacionales. La capacidad de una entidad de estadísticas es un reflejo del nivel de desarrollo de un país o de un departamento. ¿Por qué? Las mejores políticas son aquellas que se diseñan con base en evidencias, y la única manera de sistematizar esa experiencia es mediante la gestión efectiva de la información y los datos estadísticos. Si queremos seguir fortaleciendo nuestro país o departamento, es fundamental poner en marcha acciones en favor del desarrollo estadístico y la inversión que esto conlleva, concepto que va de la mano con lo autonómico y lo prefederal, o, no.?!. 

En este contexto, en sesión de la ALDT, de fecha 27 de marzo de 2012, se decretó la Ley No. 50, LEY CREACION DEL CENTRO DE ESTADISTICAS DEL DEPARTAMENTO DE TARIJA-CET. Establecía en su Art.1. I. Se crea el Centro de Estadísticas del Departamento de Tarija, con la finalidad de obtener, acceder, generar, procesar, analizar y difundir la información producida, para coadyuvar a la planificación, asignación de recursos, formulación de políticas, planes, programas y proyectos de inversión en la gestión pública y en el sector privado. II. Se reconoce al Centro de Estadísticas del Departamento de Tarija, como entidad descentralizada del Órgano Ejecutivo de Tarija, con personalidad propia, autonomía de gestión económica, financiera, administrativa y técnica, con patrimonio propio y duración indefinida. Art. 2. (Marco Normativo). – El funcionamiento del Centro de Estadísticas del Departamento de Tarija, se rige por la presente ley, por su estatuto orgánico y normas vigentes. Art.3.- (Ámbito de aplicación). – Se establece como ámbito de aplicación del Centro de Estadísticas del Departamento de Tarija, el departamental, provincial, regional, municipal, sectorial, personas naturales, jurídicas, públicas y privadas, que realicen actividades o residan en el territorio del departamento, que sean de utilidad para el sistema estadístico. Art. 4. (Objetivos). – Constituyen objetivos indispensables del Centro de Estadísticas del Departamento de Tarija: a) Elaborar estadísticas departamentales en concordancia y conforme al contenido con el Plan de Desarrollo Departamental. b) Contar con un banco de datos de estadísticas departamentales, en las distintas materias, rubros y sectores de interés departamental. c) Generar información para orientar la inversión pública y privada en el departamento. Art.5.- (Principios). –  El trabajo Centro de Estadísticas del Departamento de Tarija, se rige bajo los principios de: a) Interés público, los datos estadísticos generados deberán estar orientados al interés común de la sociedad. b) Publicidad y transparencia, las estadísticas deberán ser puestas a disposición de las autoridades y sociedad en conjunto a través de distintos medios de difusión, de forma veraz, comprensible y confiable. c) Oportunidad, el contenido de las estadísticas departamentales deberán estar relacionadas a intereses del departamento. d) Coordinación, se deberá coordinar el trabajo con el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) en el ámbito de sus competencias y funciones de ambas instituciones. e) Responsabilidad e imparcialidad, para brindar una interpretación correcta de datos, se deberá aplicar normas científicas sobre métodos, fuentes y procedimientos de la estadística, datos que deberán ser homogéneos y unificados de acuerdo a los parámetros nacionales e internacionales en la materia. f) Eficiencia, se deberán emplear métodos para la recolección de datos estadísticos de acuerdo a criterios de calidad, oportunidad y costos. g) Confidencialidad, todo dato individualizado, debe ser confidencial y utilizado para fines exclusivos estadísticos.        

Una maravilla, hasta aquí. Se venía organizando el desarrollo de un diseño político hacia reforzar el proceso autonómico, vía la creación de un ente que administre las estadísticas departamentales. El alcance del objetivo del CET, era ese y no otro, al menos, no se encuentra otra razón para su formulación en la ALDT. Sin embargo, luego de su decreto de creación, vía ley departamental, este ente, nunca fue implementado, puesto en marcha, ejecutado, presupuestado (¿o tal vez, sí, alguien conoce algo de esto?). Finalmente, nunca, se conoció noticia de su existencia, de sus excelentes objetivos aplicados o alcanzados, menos de sus resultados logrados, cumplidos o superados. Pero, en diferentes circunstancias autoridades, dicen qué, “han logrado metas a pesar de lo negativo de la asfixia centralista”. Se dijo siempre, que “sembrarían el gas”, “que no se dependerá del gas”, sucedió aquello.? Sobre qué base de información estadística y otros datos o información, estamos peor o mejor que antes.? Cuantos somos y como estamos.? Qué tenemos y qué necesitamos.? Cuales nuestras vocaciones y potencialidades.? Donde invertir y qué construir o desarrollar.? Como está la pobreza territorial.? Hemos medido el deterioro medio ambiental.? Como está la degradación de nuestros RR.NN.? Qué profesiones y cuantos especialistas requerimos para cubrir nuestras NBI en vivienda, alimentación, nutrición, salud y educación.? Qué esfuerzos institucionales se requiere para que la capacidad funcionaria pública supere el cuadro de situación presente.? Cuales son los niveles de coordinación institucional que se requiere para hablar de desarrollo (autonómico o prefederal).? Cuáles son las cifras reales de los ingresos y egresos departamentales, ejecutados efectivamente.? La sociedad civil, sus organizaciones, entidades colegiadas, los medios, investigadores, académicos, políticos y otras, han recibido informes sustanciosos que den certeza de lo obrado en materia del desarrollo, de parte de las autoridades de las ETAs.?

La distorsión de los datos estadísticos sobre la inflación, es, por una parte, un problema institucional, ya que el gobierno central está negando a los ciudadanos el derecho a la información correcta; es un problema de política pública, por otra parte, ya que hay decisiones clave que no se pueden tomar adecuadamente sin información confiable con lo cual las ETAs, planifiquen con certeza sus planes y presupuestos, a lo que convendría una gran tarea la aplicación de la Ley 50, que trabaje preventivamente sobre, no solamente, la inflación y sus efectos inmediatos o futuros.

En esta trama, se dispondría del Órgano Judicial, información confiable y sometida al debate público el contenido por razones de los expedientes administrativos y judiciales en sede administrativa y en sede judicial, a objeto de mejoras en el sistema judicial, permitiendo además su investigación que genere iniciativas proactivas del podrido sistema. Lo propio en materia de Derechos Humanos y otros, por ejemplo: producción, industria, desempleo, contrabando, informalidad, criminalidad, etc..

Qué sucedió, para que tan importante proceso de construcción estadística institucionalizada departamental -Ley 50-, no hubiese sido puesta en marcha.? Es que tan nobles Objetivos y, especialmente sus Principios, no eran importantes por su invalorable aporte a la construcción de la administración y gestión de las estadísticas para el desarrollo, además, autonómico.? Han pasado 10 años de su vigencia y se han sucedido tres gobernaciones, por qué no la aplicaron.?!

Cuando se critica acremente al Ejecutivo y al INE, por cifras que no dan certidumbre en diversos rubros de la actividad económica nacional, departamental y municipal, así como en lo demográfico, por sus implicancias políticas electorales nacionales y subnacionales, no era acaso muy importante, la existencia del CET, que sería la entidad descentralizada del Órgano Ejecutivo de Tarija, con personalidad propia, autonomía de gestión económica, financiera, administrativa y técnica, con patrimonio propio y duración indefinida, cuyo aporte invalorable sería un pilar de sumo importante para la gestión del desarrollo, además autonómico, hoy, pre federal.?!

En este contexto, que se sepa, no se conocen planes de desarrollo departamental, municipal o de otro tipo o por rubros, que demostrasen cifras que den certidumbre, sobre los cuales la población, entidades académicas, entidades colegiadas, investigadores, académicos y otros pudiesen pronunciarse, utilizar y aplicar en diversos ámbitos del desarrollo como tal. En esta dirección, tampoco se conocen Informes o Memorias de Gestión de las ETAs, donde se expliquen los resultados y logros de “lo planificado”, menos de los ingresos percibidos y de los ejecutados. Oscurantismo total. Alguien tuvo la suerte o privilegio de escuchar y ver, o tener en impreso o cuando menos en digital, lo que es importante conocer en materia de logros, objetivos cumplidos, resultados alcanzados por alguna autoridad que llegue a la sociedad, al pueblo, al “Soberano” con cifras que den certidumbre, de lo logrado y que “todo está bien”, y  que el discurso y la propaganda, los spots y jingles, de cada gestión y autoridad: ejecutiva o legislativa, se hubiese cumplido y “que vamos bien”, que “el tiempo ha llegado..!!”, “el cambio somos nosotros”, y, así…?! El CET, vía Ley 50, pudo ser muy útil a esta cuestión. ¿O, es qué, era un instrumento de doble filo, que no debía aplicarse, por sus principios que la sustentaban, específicamente en su Art. 5…?  

Una gran iniciativa legislativa, que nació muerta. Y, hoy, por hoy, embebidos en cifras que emborrachan y no ofrecen certidumbre para planificar lo futuro, en lo nacional y en lo local. ¡Un sinsabor político, que debe corregirse…!     

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