Asamblea de Tarija sanciona la Ley del POA y presupuesto 2027 por Bs 595,4 millones, mientras asambleístas observan disposiciones transitorias por exceder sus competencias

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La Asamblea Legislativa Departamental de Tarija desarrolló la noche del 7 de octubre la Sesión Ordinaria N° 09/2026-2027, en la que trató y consideró el Proyecto de Ley Departamental del Presupuesto Institucional Plurianual, el Plan Operativo Anual (POA) y el Anteproyecto del Presupuesto Institucional Anual 2027 del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija.

Durante el tratamiento del artículo 5, se aprobó el presupuesto institucional para la gestión fiscal 2027 por Bs 595.467.378, monto que contempla recursos y fuentes destinados a proyectos de inversión, programas, transferencias de capital, gasto corriente institucional, transferencias corrientes, servicio de la deuda y activos financieros.

“Aprobar el presupuesto institucional para la gestión fiscal 2027 del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija por bolivianos 595.467.378”, establece el artículo aprobado por la Asamblea.

Posteriormente, la asambleísta Kelly Laura Arancibia Córdova planteó una disposición transitoria para reducir Bs 4 millones de la partida 252, correspondiente a estudios e investigación para proyectos de inversión, cuyo techo pasaría de Bs 17 millones a Bs 13 millones. La propuesta establecía que esos recursos fueran redistribuidos en favor de institutos técnicos y tecnológicos, presas y sistemas de riego, perforación y mantenimiento de pozos y compensación de deuda a los municipios.

La propuesta generó observaciones de algunos asambleístas, quienes cuestionaron la posibilidad de modificar mediante una disposición transitoria la distribución presupuestaria que ya había sido aprobada en el artículo 5 y su anexo.

El asambleísta Marco Gutiérrez sostuvo que la Asamblea no tendría atribuciones para reelaborar o modificar el presupuesto remitido por el Ejecutivo Departamental y afirmó que, si se pretendía mover alguna partida, correspondía devolver el documento al Ejecutivo.

“En ninguna parte de nuestro estatuto autonómico se nos faculta como asamblea departamental a modificar el presupuesto que nos envía el Ejecutivo”, afirmó Gutiérrez, quien recordó que el Estatuto atribuye a la Gobernadora o Gobernador la elaboración del POA, el presupuesto y sus modificaciones.

Gutiérrez también señaló que la Asamblea tiene como atribución aprobar el presupuesto en un plazo de 30 días, por lo que consideró que una disposición transitoria no podía ser utilizada para reelaborar el presupuesto.

En la misma línea, el asambleísta Mario Cavero cuestionó que la propuesta hubiera sido presentada después de la aprobación del artículo 5, debido a que este ya incluía un anexo con la distribución de los recursos.

“Ya se aprobó el artículo 5, y el artículo 5 va con un anexo, donde se distribuyen los recursos”, manifestó Cavero, quien sugirió que las situaciones planteadas pudieran ser revisadas posteriormente mediante intrapartidas.

Por su parte, la asambleísta Gisela Derpic observó la naturaleza de la propuesta y cuestionó que el contenido presentado pudiera ser considerado una disposición transitoria.

“El contenido que se nos ha presentado bajo ese rótulo es absolutamente contradictorio con lo que es una disposición transitoria”, sostuvo Derpic.

El asambleísta Carlos Oña coincidió en que la propuesta no correspondía técnicamente a una disposición transitoria, aunque destacó la intención de fortalecer determinados sectores. Mencionó, entre otros aspectos, los recursos destinados a institutos técnicos y tecnológicos y la necesidad de garantizar la transferencia del 1% a los municipios.

“El presupuesto (…) no es un documento rígido”, señaló Oña, al indicar que durante la gestión pueden realizarse ajustes y que, en el caso de los institutos técnicos y tecnológicos, el presupuesto habría pasado de aproximadamente Bs 650.000 a Bs 1,5 millones.

La asambleísta Stefany Muguertegui también consideró que la propuesta había sido planteada de manera extemporánea, aunque pidió tomar en cuenta las sugerencias formuladas por su colega.

“En este momento creo que ya nos hemos pasado, o sea ya estamos extemporáneos”, expresó Muguertegui antes de solicitar continuar con el tratamiento.

Pese a las observaciones, el presidente de la Asamblea Departamental, Albaro Ojeda, sometió a votación la disposición transitoria primera planteada por Kelly Arancibia, la cual fue aprobada por mayoría.

Posteriormente, el asambleísta Rodrigo Delgado planteó una segunda disposición transitoria, relacionada con el registro del documento en el sistema SIGEP realizado el 11 de septiembre de 2026. La propuesta establecía que dicho registro fuera actualizado para aplicar las correcciones, redistribuciones y observaciones técnicas aprobadas en el anexo de la ley departamental.

La segunda propuesta también fue cuestionada por Carlos Oña, quien volvió a advertir sobre la atribución de la Asamblea para modificar la distribución de recursos.

“Yo no entiendo dónde, en qué norma establece que una disposición transitoria pueda sacar de un lado para meter a otro lado y distribuir, cuando la labor de la Asamblea es solamente aprobar el POA”, sostuvo Oña.

Oña consideró que una eventual adecuación del registro realizado previamente en el SIGEP sí debería efectuarse conforme a las observaciones de la comisión, pero afirmó que el pleno no debería asumir una competencia atribuida al Ejecutivo Departamental.

“Aquí lo que estamos queriendo en el pleno ya es invadir una competencia que tiene el Ejecutivo de distribuir los recursos”, afirmó.

Asimismo, sostuvo que existen mecanismos posteriores para atender las demandas planteadas, como las reformulaciones, y cuestionó que la Asamblea incurriera en acciones que pudieran ser consideradas contrarias a sus atribuciones.

“Tenemos perfectamente instancias que nos van a permitir lograr que estas reivindicaciones se las puedan traducir en realidad cumpliendo las normas”, manifestó.

El asambleísta también señaló que el incremento de recursos para los institutos técnicos y tecnológicos debía ser considerado antes de plantear una redistribución presupuestaria y pidió que las actas de la sesión reflejen con claridad las decisiones adoptadas.

“El estatuto establece con toda claridad que la Asamblea solo tiene que aprobar el documento de POA”, sostuvo Oña, al advertir sobre la responsabilidad institucional de los legisladores.

Finalmente, la segunda disposición transitoria fue sometida a votación y aprobada por mayoría.

La sesión continuó con el tratamiento de la disposición final única, que establece que el Órgano Ejecutivo Departamental deberá remitir la ley, el Programa Operativo Anual, el Presupuesto Institucional y el Presupuesto Institucional de la Gestión 2027 al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para su inscripción en el Presupuesto General del Estado correspondiente a la gestión fiscal 2027.

Con la aprobación de la disposición final por mayoría, la Asamblea avanzó en la sanción de la ley departamental relacionada con el POA y presupuesto institucional 2027 del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija.

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