El presidente de la Federación Departamental de Juntas Vecinales (FEDJUVE) de Tarija, Ronald Garnica, recordó que el estatuto de la organización establece de manera específica que los dirigentes vecinales no pueden ejercer cargos jerárquicos en instituciones públicas mientras formen parte de la estructura dirigencial.
Garnica explicó que la restricción alcanza a quienes desempeñan funciones como presidentes de barrio, presidentes de distrito o integrantes del directorio de la FEDJUVE, y comprende cargos de dirección, secretarías o cualquier otra autoridad pública.
«El estatuto de la Federación de Juntas Vecinales reglamenta esa situación y es específico. Ahí dice que el dirigente, sea presidente de barrio, sea presidente de distrito o sea parte del directorio de la FEDJUVE, ellos no pueden tener cargos jerárquicos en instituciones públicas. En este caso, hacer director, hacer secretario o también autoridad. Puede ser concejal o asambleísta, etcétera. Ellos prácticamente no pueden ser parte ya de la institución, en este caso, que es la FEDJUVE«, manifestó.
El dirigente señaló que esta situación se viene presentando dentro de la institución y afirmó que algunos presidentes de barrio expresaron su preocupación por las observaciones y cuestionamientos que reciben de parte de sus bases vecinales.
«Son situaciones que prácticamente están sucediendo dentro de nuestra institución y, bueno, vinieron algunos presidentes de barrio con una molestia diciendo que prácticamente los están acosando, molestando sus bases, los vecinos«, indicó.
No obstante, aclaró que el estatuto no impide que los dirigentes desempeñen funciones técnicas dentro de instituciones públicas, ya que ese aspecto está respaldado por el derecho al trabajo reconocido por la Constitución Política del Estado. Añadió que las limitaciones se aplican únicamente a los cargos jerárquicos y no alcanzan al ámbito privado.
«Otros cargos pueden ocupar dentro de alguna institución pública, pueden, exactamente. La parte técnica, la parte técnica, digamos. A nadie puede cuestionar la Constitución Política del Estado, el derecho al trabajo, pero sin embargo este reglamento está específico. Ya pueden ser técnicos, puede ser un sereno, puede trabajar en cualquier parte técnica de un municipio, de una gobernación o también del Gobierno nacional. Esas son las instituciones públicas. En las privadas uno puede ser dueño de una empresa, gerente, no hay ningún limitante ante esa situación«, afirmó.
Finalmente, Garnica sostuvo que el dirigente vecinal cumple un rol de coordinación con las autoridades políticas elegidas democráticamente, y señaló que esa experiencia puede representar una preparación para asumir futuras responsabilidades públicas.
«El dirigente prácticamente es una autoridad que coordina con las autoridades políticas. Es una autoridad dirigencial que coordina con todas las autoridades elegidas democráticamente, del cual el dirigente ya va preparándose, quién sabe, para un cargo, se le puede dar la oportunidad o no. Por ejemplo, los ejecutivos que han salido han sido autoridades; el ex presidente don Celestino Barros actualmente es concejal«.





