SIN habilita nuevo procedimiento para solicitar anulación de facturas fuera de plazo

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El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) habilitó un nuevo procedimiento para que los contribuyentes puedan solicitar la anulación de facturas fuera del plazo establecido, siempre que presenten documentación que justifique la petición, informó la administración tributaria.

La medida fue establecida mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) 102600000025 y establece una alternativa para aquellos contribuyentes que, por una causa justificada, requieran gestionar la anulación de un documento fiscal después del plazo habitual.

La normativa mantiene vigente el plazo regular de anulación de facturas, hasta el día 9 del mes siguiente a la emisión del documento fiscal. Sin embargo, incorpora un procedimiento excepcional para atender solicitudes posteriores a esa fecha.

De acuerdo con el SIN, cuando el contribuyente aún no presentó su Declaración Jurada, podrá acudir a la plataforma de atención de la Gerencia Distrital o GRACO de su jurisdicción y presentar la documentación de respaldo que justifique la solicitud. En estos casos, la atención podrá realizarse en el día.

En tanto, si el contribuyente ya presentó su Declaración Jurada, deberá remitir una nota dirigida a la Gerencia Distrital o GRACO correspondiente, acompañada de los documentos que respalden la solicitud, la cual será evaluada por la instancia tributaria.

La Gerencia de la jurisdicción comunicará la aprobación o rechazo de la solicitud mediante una Resolución Administrativa, que será notificada a través del Buzón Tributario en un plazo máximo de seis meses.

El SIN aclaró que la anulación de facturas fuera de plazo no es automática, debido a que el contribuyente debe presentar documentación que permita justificar y verificar la solicitud.

Además, la entidad tributaria señaló que la aprobación de una solicitud de anulación no limita sus facultades posteriores para realizar acciones de control, verificación, fiscalización o investigación sobre los documentos fiscales involucrados.

El Servicio de Impuestos Nacionales informó que las solicitudes relacionadas con documentos fiscales emitidos antes de la vigencia de la RND 102600000025 podrán acogerse a este procedimiento hasta el 30 de noviembre de la presente gestión. /ABI

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