Tribunal de Justicia de Tarija confirma audiencia de juicio contra Evo Morales para el lunes 11 de mayo

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El presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, Luis Esteban Ortiz, informó que el Tribunal de Sentencia Primero de la capital convocó de manera presencial la audiencia de juicio para las 08:20 de la mañana del lunes 11 de mayo, dentro del proceso iniciado contra Evo Morales y otra persona investigada en el caso.

Se han realizado las comunicaciones respectivas no solamente al expresidente sino también a una segunda persona que está siendo investigada en este caso y al haberse cumplido las formalidades de rigor, se ha dictado el correspondiente auto de apertura de juicio”, manifestó.

Ortiz explicó que el Tribunal Departamental de Justicia cuenta con un sistema de seguridad para toda la infraestructura judicial y señaló que se implementará un mecanismo específico para esta audiencia. “A través de ese mecanismo de seguridad vamos a implementar, en específico sería un mecanismo de seguridad directamente vinculado al tribunal”, indicó, añadiendo que, de ser necesario, también se solicitará apoyo de la Policía.

Si es necesario vamos a tener el respaldo de la institución policial para que en caso de emergencia puedan también prestarnos la colaboración necesaria”, afirmó.

Respecto a las declaraciones del abogado de Morales, quien indicó que el exmandatario no se presentará porque supuestamente no fue notificado oficialmente, Ortiz evitó emitir criterios de fondo sobre el tema. “Voy a guardar un poco de reserva porque entenderán ustedes que además de presidente del Tribunal Departamental soy miembro de una sala penal”, señaló.

Asimismo, sostuvo que será el tribunal correspondiente el que deba resolver cualquier situación procesal vinculada al caso. “Tendrá que ser el tribunal de acuerdo a las circunstancias que se presenten quien tenga que resolver. Es una decisión privativa que debe adoptar el tribunal de sentencia primero de la capital”, expresó.

La autoridad judicial también indicó que, de acuerdo a los informes recibidos, Evo Morales continúa declarado rebelde dentro de la etapa de instrucción. “Esa declaración no se ha suspendido, sigue vigente el mandamiento de aprehensión”, afirmó.

Sobre una eventual suspensión de la audiencia, Ortiz explicó que esa determinación dependerá exclusivamente del tribunal de sentencia y de las circunstancias legales que se presenten. “Tendrá que estar bajo decisión si es que existen, están dadas las circunstancias legales para poder conceder una suspensión de la audiencia”, manifestó.

También señaló que hasta el momento no tiene conocimiento de recursos presentados dentro del proceso, aunque recordó que durante la etapa de juicio pueden plantearse excepciones e incidencias. “Se pueden presentar algunas incidencias que tengan que ser resueltas por parte del tribunal de sentencia”, indicó.

En relación a la normativa vigente, Ortiz explicó que los únicos juicios que pueden desarrollarse en rebeldía son los vinculados a corrupción. “De acuerdo a la normativa, el único juicio que se puede realizar por rebeldía son los juicios de corrupción”, sostuvo, indicando que será el tribunal el que analice esa situación específica.

El presidente del Tribunal Departamental detalló que el proceso se sigue contra Evo Morales y otra persona acusada. “Es un proceso que se inicia en contra del señor Evo Morales y de otra persona por una supuesta trata de personas”, indicó, precisando que la segunda acusada sería la madre de la víctima.

Asimismo, señaló que la otra acusada cuenta con refugio diplomático en Argentina y que las notificaciones se habrían realizado mediante edictos. “Las notificaciones ya habrían verificado a través de edictos”, afirmó.

Ortiz también explicó que la víctima podría ser convocada al juicio oral si así lo determina el tribunal. “La víctima puede ser convocada también a este juicio oral, si así lo considera el tribunal”, manifestó, remarcando que la ley otorga facultades para convocar testigos y víctimas.

Respecto al desarrollo de la audiencia, indicó que normalmente los juicios relacionados con menores de edad son declarados en reserva. “Por lo general cuando se tratan derechos de personas de menor edad, niñas, niños ni adolescentes, por lo general los juicios son declarados en reserva”, sostuvo.

Finalmente, señaló que cualquier planteamiento realizado por los abogados será considerado formalmente por el tribunal y explicó que en el tema de prescripción corresponde aplicar el procedimiento establecido en el artículo 29 del Código de Procedimiento Penal. “De acuerdo al tiempo tendrán que verificar si se acomodan, de acuerdo al procedimiento deben ser consideradas”, concluyó.

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