TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS ¿SERÁ DELITO DE LESA HUMANIDAD?

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por: Raúl Pino-Ichazo Terrazas

El delito de tráfico de drogas ha alcanzado, en función a su evolución, niveles internacionales, pero no la posibilidad de convertirse  en delito de lesa humanidad. El indigno y destructivo  comercio ilícito   de drogas prohibidas, es una  de las actividades  criminales más rentables  y estructuradas en asociaciones ilícitas ¿Por qué criminal? Porque es relativo al crimen y por extensión, al delito en general, propio del Derecho Criminal o Penal; los autores y coautores del  tráfico  ilícito de drogas prohibidas  cometen un crimen  o grave delito.

Ante este comportamiento asocial, solo las personas  consolidadas definitivamente en su conciencia moral, no  caen en la tentación de enriquecerse  con la destrucción de los valores  y forzar las adicciones  de los estratos sociales más vulnerables como la transición de niño a adolescente y  de adolescente a adulto, pero, ¿Qué se entiende por conciencia moral? En acepción estricta es aquella autoridad interior que  manifiesta a las personas de manera  enteramente personal y forzosamente perceptible  lo que deben hacer o dejar de hacer, emitiendo su juicio antes  de la acción.

Las organizaciones criminales  poseen contactos en diversos  países, en cuya red se entrelazan innumerables personas codiciosas, sin dignidad ni solidaridad, incluso los agentes estatales  se corrompen ante millonarias recompensas, tentación insuficiente como la tragedia de vivir perseguido, complicar a su familia y caer preso de por vida.

La Convención de las Naciones Unidas contra el tráfico  de estupefacientes  y sicotrópicos, sustanciada en Viena en el año 1.988, exaltó la preocupación internacional  y, complementariamente, en la Asamblea General  de las Naciones Unidas en el año 1.998, se evaluó cada estrategia para limitar el tráfico, medir su eficacia y rendimiento  fehaciente  en la reducción  de la demanda de drogas prohibidas.

Lamentablemente, aun existiendo relevancia internacional, el delito de tráfico  ilícito de drogas, no es suficiente  para que sea  considerado un delito con potencialidad  de elevarlo a delito de lesa humanidad; las dificultades estriban en que la Corte Penal Internacional, de ser el caso de delito  de  lesa humanidad, no tendría  los suficientes recursos  por la cantidad de situaciones  que derivarían  en su competencia material.

A este respecto  afirmo  que este impedimento  es superable por el interés de las naciones  de reducir  el tráfico  ilícito y preservar la salud de sus poblaciones, además que no todos los casos serian de competencia de la Corte Penal Internacional, sino solo aquellos  que, de acuerdo  al principio de complementariedad, que está regulado en la Corte  Penal Internacional, cumplan los requisitos de admisibilidad.

El principio de complementariedad genera que exista  una jurisdicción  compartida entre la Corte Penal  y las naciones, en este caso la boliviana. En este sentido la Corte Penal Internacional toma  la acción de oficio cuando  surge inacción, falta de disposición o falta de capacidad de la jurisdicción nacional, es decir, actúa  en ultima ratio (ultima valoración y consideración).

Se infiere claramente que, pese al principio de complementariedad la Corte Penal Internacional no se muestra proclive a inmiscuirse  en delitos de tráfico  de drogas por las dificultades  que implicarían las investigaciones  en esta clase de delitos, que causan ostensible mortalidad en las poblaciones y contaminan a las actividades legítimas,  y que se requerirían mayores  recursos económicos que, por interpretación personal,  no sería motivo válido este aspecto superable.

Sin eufemismos: no se quiere incorporar este delito  como competencia de la Corte Internacional alegando argumentaciones superables; se equipara  a lo sucedido en el propósito de una inmediata reforma judicial que todos los bolivianos la exigen, empero, cuando se prioriza el presupuesto  y no la reforma disruptiva desde la base, se decanta en resultados negativos y se posterga una necesidad imprescindible para enrumbar a la justicia hacia una equidad para todos, desterrando  la corrupción judicial.

Abogado, posgrados en Filosofia y Ciencia Política, Arbitraje y Conciliación, Alta Gerencia para abogados, Interculturalidad y Educación Superior, Derecho Aeronáutico, Docencia en Educación Superior, profesor universitario de pre y posgrado.

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