EJEMPLARIDAD EN LOS JUECES

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por: Raúl Pino-Ichazo Terrazas

Los letrados que esbozan una reforma en la justicia generan decepción prematura en la población al citar el problema medular en el incremento  de la retribución mensual a los jueces y seguir alentando así  la corrupción, sin acometer  la reforma desde la base como medida disruptiva imprescindible.

Los jueces nombrados por delegación del pueblo  deben ejercer  todos sus actos con ejemplaridad, cualidad que sirve de ejemplo o merece serlo, además demostrarla en su misión profesional. Son servidores públicos  formados, si es que existió una sólida formación,  para  administrar   e impartir  justicia, con conocimiento profundo del derecho  y de la ética, entendida como ética moral que asume como objeto  de la importante actividad, el examen filosófico  y la explicación de los  hechos morales que tienen dos vertientes: la moralidad como la ciencia de lo moral y de la sindéresis: único camino para realizarse como individuo y profesional en Derecho.

Los jueces cuando  son ejemplares en su actividad que repercute directamente en la población, logran la seguridad económica lícita  hasta su jubilación y el reconocimiento y  gratitud inmutables del ciudadano, que no es poco.

La ejemplaridad se espiga  en los hechos morales, las valoraciones éticas, los preceptos, las normas y las actitudes justas y virtuosas no contaminadas por la política, y cuando esto último sucede por codicia,  se corrompe sin solución de continuidad, siendo el punto de inflexión del juez  que se  desestructura para el resto de  su vida.

La actitud  honesta  y  la intención  de juzgar correctamente  de este importantísimo colectivo  social define a los pueblos  por su justicia , pudiendo limitarse  a una aplicación  de las normas  jurídicas  en inherencia con las normas de  ética moral. La ética  a aplicar por los jueces  no debe reducirse  a la simple enunciación debido a que  sobrepuja los límites descriptivos para explicar  las valoraciones  y conductas  de hecho, utilizando medios  psicológicos y analizando con profundidad  las disposiciones, tendencias, funciones anímicas y poseer la destreza de unirlas.

La ética investiga con más precisión al ser y el sentido de las normas morales para llegar a la ética de las costumbres que no se lograra con un método empírico. Tampoco  bastara recurrir  a un mero sentimiento  que es la moral del sentimiento; el anhelo  capital  es la explicación  del bien moral y sus características  como por ejemplo la justicia y la obligación  de impartirla con imparcialidad y sin  atisbo de influencia política.

Para lograr esta estructura moral estable, inmutable e incorruptible, los jueces  deben despojarse  del utilitarismo o la ética del interés propio, bien entendido como  amoralismo  que niega  la sustantividad  de la ética y convierte al individuo (juez) en criterio de lo moral.  

El eudemonismo  social explica  fácilmente las doctrinas anteriores  (utilitarismo, hedonismo) los deberes sociales   y los actos de simpatía, sin embargo, olvida  los deberes  para consigo mismo  como la templanza, pureza y paciencia  en el sufrimiento del otro (litigante)  y uno mismo.

Los jueces deben conocer  y medir la influencia  de la moral del progreso  cultural que la sitúa preferentemente  por encima de la persona moral y su valor, subordinando  éstos como  un medio al progreso impersonal.

Resulta sin duda una moral del éxito, puramente exterior, a costa de la intención de la persona (juez) y se suscitan  con frecuencia  situaciones jurídicas, por  las cuales, por el éxito personal y para crispación en la comunidad, se deciden contenciosos de personas  que  tienen la razón en el ordenamiento jurídico,   sin embargo, se manipula ( consorcios jurídicos) otra interpretación para satisfacer a un grupo influyente, entonces, el juez y los abogados  se desestructuran  para siempre, como lo anotábamos.

Es abogado, posgrados en Filosofia y Ciencia Política, Arbitraje y Conciliación, Interculturalidad y Educación Superior. Derecho Aeronáutico, Docencia en Educación Superior, Alta Gerencia para abogados, doctor honoris causa en Humanidades, profesor de posgrado.

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