por: Raúl Pino-Ichazo Terrazas
Los letrados que esbozan una reforma en la justicia generan decepción prematura en la población al citar el problema medular en el incremento de la retribución mensual a los jueces y seguir alentando así la corrupción, sin acometer la reforma desde la base como medida disruptiva imprescindible.
Los jueces nombrados por delegación del pueblo deben ejercer todos sus actos con ejemplaridad, cualidad que sirve de ejemplo o merece serlo, además demostrarla en su misión profesional. Son servidores públicos formados, si es que existió una sólida formación, para administrar e impartir justicia, con conocimiento profundo del derecho y de la ética, entendida como ética moral que asume como objeto de la importante actividad, el examen filosófico y la explicación de los hechos morales que tienen dos vertientes: la moralidad como la ciencia de lo moral y de la sindéresis: único camino para realizarse como individuo y profesional en Derecho.
Los jueces cuando son ejemplares en su actividad que repercute directamente en la población, logran la seguridad económica lícita hasta su jubilación y el reconocimiento y gratitud inmutables del ciudadano, que no es poco.
La ejemplaridad se espiga en los hechos morales, las valoraciones éticas, los preceptos, las normas y las actitudes justas y virtuosas no contaminadas por la política, y cuando esto último sucede por codicia, se corrompe sin solución de continuidad, siendo el punto de inflexión del juez que se desestructura para el resto de su vida.
La actitud honesta y la intención de juzgar correctamente de este importantísimo colectivo social define a los pueblos por su justicia , pudiendo limitarse a una aplicación de las normas jurídicas en inherencia con las normas de ética moral. La ética a aplicar por los jueces no debe reducirse a la simple enunciación debido a que sobrepuja los límites descriptivos para explicar las valoraciones y conductas de hecho, utilizando medios psicológicos y analizando con profundidad las disposiciones, tendencias, funciones anímicas y poseer la destreza de unirlas.
La ética investiga con más precisión al ser y el sentido de las normas morales para llegar a la ética de las costumbres que no se lograra con un método empírico. Tampoco bastara recurrir a un mero sentimiento que es la moral del sentimiento; el anhelo capital es la explicación del bien moral y sus características como por ejemplo la justicia y la obligación de impartirla con imparcialidad y sin atisbo de influencia política.
Para lograr esta estructura moral estable, inmutable e incorruptible, los jueces deben despojarse del utilitarismo o la ética del interés propio, bien entendido como amoralismo que niega la sustantividad de la ética y convierte al individuo (juez) en criterio de lo moral.
El eudemonismo social explica fácilmente las doctrinas anteriores (utilitarismo, hedonismo) los deberes sociales y los actos de simpatía, sin embargo, olvida los deberes para consigo mismo como la templanza, pureza y paciencia en el sufrimiento del otro (litigante) y uno mismo.
Los jueces deben conocer y medir la influencia de la moral del progreso cultural que la sitúa preferentemente por encima de la persona moral y su valor, subordinando éstos como un medio al progreso impersonal.
Resulta sin duda una moral del éxito, puramente exterior, a costa de la intención de la persona (juez) y se suscitan con frecuencia situaciones jurídicas, por las cuales, por el éxito personal y para crispación en la comunidad, se deciden contenciosos de personas que tienen la razón en el ordenamiento jurídico, sin embargo, se manipula ( consorcios jurídicos) otra interpretación para satisfacer a un grupo influyente, entonces, el juez y los abogados se desestructuran para siempre, como lo anotábamos.
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Es abogado, posgrados en Filosofia y Ciencia Política, Arbitraje y Conciliación, Interculturalidad y Educación Superior. Derecho Aeronáutico, Docencia en Educación Superior, Alta Gerencia para abogados, doctor honoris causa en Humanidades, profesor de posgrado.





