LIBERTAD DE PRENSA Y OPINIÓN

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por: Raúl Pino-Ichazo Terrazas

El concepto del epígrafe, cuya rememoración es en mayo 03,  no es independiente, como en innumerables veces se lo presenta; es incontestablemente inherente al concepto primigenio que es la libertad  y ¿Qué se entiende por libertad? la libertad  en general, es decir, de lo abstracto a  concreto, es la exención de trabas; exención  de determinación procedente del exterior con el condicionante  que esta exención esté unida  a una facultad  de autodeterminarse  en forma espontánea.

De este concepto se desprenden varias clases de libertad: la moral que en sentido lato  es la facultad  de poder resolverse  a algo, es decir, decidirse a un tema, sin  que impidan  causas externas  psíquicamente  influyentes, ejemplificando: una amenaza; en sentido estricto  es la facultad de resolverse  a algo  sin existencia de obligación  contraria, ejemplificando: la decisión de dar un paseo.

La libertad  psicológica  que no excluya  la atadura física  ni la obligación moral, consiste en la facultad de poder resolverse a algo sin ataduras psíquicas antecedentes al acto de decisión que necesitan unívocamente  la volición en un determinado sentido; en otros términos coloquiales, es la facultad  de “querer como se quiera”, equivalente a la libertad de la voluntad.

Hasta este punto es necesario  fundarse en nuestra naturaleza como seres  finitos, anímicos, corpóreos, sobre sobre todo racionales  y sociales, para asimilar con convencimiento  que nuestra libertad  no puede ser ilimitada como pretenden algunas teorías: el liberalismo y el anarquismo, por un lado y, peor, el antinomismo que rechaza  toda atadura o convención legal.

Esta introducción que no es superficial, según el objeto  respecto al cual  se es libre, cabe señalar  la libertad para la  pública expresión oral, de prensa que debe necesariamente  tomar en cuenta en cada acción  los conceptos precitados que además se complementan  con la libertad de conciencia  como el derecho  de poder  seguir  sin impedimento  la propia  conciencia personal; y  ésta debería estar estructurada por la conciencia moral, las normas objetivas  y los derechos de la comunidad.

También es importante, como parte de la formación de la conciencia, la libertad de religión; luego la libertad  de profesión  que elige el periodista y comunicador  sin coacción física o moral. Se adhiere  a ello la libertad  de enseñanza e investigación como la posibilidad de seguir  en ambos objetivos  la verdad conocida  y la certeza.

 Es mandatorio comprender que estas clases de libertad  incluida la libertad de enseñanza  (aunque llame la atención) no pueden  ir mas allá  hasta que representen una amenaza  real para la comunidad  y los valores  que esta debe custodiar con absoluta diligencia.

*abogado corporativo, posgrados en Interculturalidad y Educación Superior, Alta Gerencia para abogados, Filosofía y Ciencia Política (maestn), Arbitraje y Conciliación. Derecho Aeronáutico, Docencia en Educación Superior, doctor honoris causa (IWA-Cambridge University, USA).

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