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domingo, 1 / octubre / 2023

Gabinete aprueba decreto que asigna hasta Bs 50 millones a fondo científico para las universidades públicas

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El gabinete de ministros aprobó este miércoles el Decreto Supremo 5008 que reglamenta la creación del Fondo de Fomento al Desarrollo de Ciencia y Tecnología (FONDECyT) para las Universidades Públicas Autónomas y que contará con un presupuesto de hasta Bs 50 millones.

El artículo 6 de la norma señala que “se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asignar recursos al Ministerio de Planificación del Desarrollo destinados al FONDECyT por un monto de hasta Bs50.000.000.- (CINCUENTA MILLONES 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo a disponibilidad financiera”.

Además, el decreto fija los términos, condiciones, alcances y operatividad del FONDECyT, de manera que las universidades públicas autónomas puedan presentar postulaciones para acceder al financiamiento de proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación.

El fondo financiará el desarrollo de proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación con base en necesidades identificadas por entidades públicas de áreas estratégicas y productivas del Estado que contribuyan a la industrialización con sustitución de importaciones.

El Ministerio de Planificación del Desarrollo, a través del Viceministerio de Ciencia y Tecnología, será el responsable de la administración del fondo, para tal efecto deberá identificar las necesidades de investigación y desarrollo en coordinación con entidades públicas de áreas estratégicas y productivas; y lanzar al menos una convocatoria pública al año, en la cual se definan plazos y condiciones para la presentación de proyectos.

El ministerio firmará convenios con las universidades públicas autónomas para la ejecución de los proyectos priorizados y con las entidades públicas de áreas estratégicas y productivas, en los que se establezcan las obligaciones de cada una de las partes.

Para acceder al financiamiento con recursos del fondo, las universidades públicas autónomas deberán participar en convocatorias públicas, a través de la presentación de proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación y suscribir un convenio con el Ministerio de Planificación del Desarrollo.

El Ministerio de Planificación del Desarrollo será el titular de los derechos de propiedad intelectual que deriven de los proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación financiados por el fondo.

Las universidades públicas autónomas podrán utilizar la información generada y los resultados obtenidos en los proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación financiados por el fondo, únicamente con fines académicos, previa autorización del Ministerio de Planificación del Desarrollo.

El Ministerio de Planificación del Desarrollo tiene un plazo no mayor a 30 días hábiles para elaborar y aprobar, mediante Resolución Ministerial, la reglamentación para el cumplimiento del decreto. /Abi

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