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viernes, 19 / abril / 2024

DERECHO A LA INSENSATEZ

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La cuarta ola de la pandemia es inevitable y el virus ingresa al país por  vía aérea, por ello, y con justa vehemencia,  el Instituto Boliviano de Derecho Aeronáutico, Espacial y de la Aviación Civil recomienda a las autoridades aeronáuticas que  asuman medidas drásticas para el ingreso de personas al país; si no lo hacen la historia los juzgará pero antes la justicia ordinaria. ¿Por qué? En el virus corona 19 una persona contagia a dos, en la variante delta contagia a ocho personas.

Se han desencadenado vehementes  discusiones tanto en los países más  desarrollados como en los menos sobre  la  obligatoriedad de vacunarse. Las personas reticentes  a vacunarse enarbolan, hasta con violencia, los derechos fundamentales para no hacerlo y rechazan su eventual obligatoriedad que presuntamente impondrían los Estados en el ámbito de sus potestades  y deberes de proteger a las poblaciones.

Entonces, emerge la interrogante ¿Será una violación  a los derechos fundamentales obligar a los ciudadanos sin distinción a vacunarse? primero habría que reflexionar   sobre  cuál de las dos tendencias  asume  prelación, entendida como  la primacía en el tiempo y preferencia para ejercicio o uso; la preservación de la vida o mantener los derechos fundamentales incólumes.

En Europa, fundamentalmente en Alemania y en menor intensidad  en otros países de la Unión Europea, se presenta la resistencia a la vacuna por los estudiantes universitarios ¿La razón? Están  realizando cábalas para programar sus estudios y, sobre todo, obtener  la seguridad de la eficiencia de las vacunas. Este juego con el azar trasunta  una apuesta muy peligrosa  para conservar la vida debido a que esta duda que es la oscilación entre el sí y el no, puede acabar con la existencia.

Hasta el actual momento, por las rápidas comunicaciones electrónicas, la televisión y la radio, no se ha registrado ninguna opinión confiable y meditada de un médico de este planeta que haya  expresado  una posición contraria  a la vacuna; todos ellos sumados los virólogos y epidemiólogos responden al unísono, con diferentes expresiones, confirmando que todas las vacunas protegen, que no es poco.

Sensatamente la persona vacunada debe seguir practicando y exigiendo las medidas sanitarias preventivas como ser: la higiene en las manos, la distancia, evitar aglomeraciones y eventos multitudinarios, reuniones numerosas en las familias; no utilizar vehículos de transporte que no hayan sido desinfectados previamente antes del servicio. No frecuentar restaurantes y lugares expendio de alimentos  que no verifican la temperatura y la mascarilla al ingreso, entre otras.

Los derechos individuales no pueden ser restringidos por los gobernantes, en tiempos de normalidad  y en una destructiva pandemia deben preservar la vida;  aquéllos ostentan su sustrato en los postulados de la Revolución Francesa y en la Declaración de del Hombre (esto último debe ser corregido pues se trata de mujeres y hombres por la igualdad de género).

Estos Derechos Individuales se consagran en las Constituciones  de todos los países civilizados y son: Derecho  a la vida y si no la cuidamos ante esta inesperada y cruel pandemia ¿Estamos respetando ese fundamental derecho?, a la libertad, igualdad ante la ley, al trabajo, a la libertad de pensamiento, de expresión, asociación, circulación que en Bolivia no se respeta, a la defensa en juicio, entre otros.

Estos derechos han sido constituidos por el esfuerzo  y presión de varias generaciones anteriores  sin exención del coste de muchas vidas, empero, estos derechos fundamentales  son para ejercitarlos, defenderlos y disfrutarlos inter vivos (entre vivos), pues muertos los ciudadanos no son aplicables.

En este confuso panorama  mundial que ya ofrendo más de cuatro millones de vidas (cifra no oficial debido a que OMS indica que no se reportan todas las muertes y calcula que este número se debe multiplicar por dos.

La solidaridad  debe imponerse  pues la opinión  médica responsable  prescribe que  la interactuación entre vacunados  y reticentes es un peligrosísimo vórtice de contagios, consecuentemente el título de este artículo es pertinente “Derecho a la insensatez”.

 

 

por: Raúl Pino-Ichazo Terrazas, abogado corporativo, posgrados en Interculturalidad y Educación Superior (UMSA), Alta Gerencia para abogados (UCB-Harvard), Derecho Aeronáutico (Iberia), Filosofia y Ciencia Política (Cides-UMSA, Maestría), Docencia en Educación Superior, Arbitraje y Conciliación (Juez Arbitral), doctor honoris causa en Humanidades, profesor de posgrado.

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