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jueves, 25 / abril / 2024

Los altos costos, la burocracia y falta de legislación dan vía libre a la difamación en internet en Bolivia

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Las redes sociales se han vuelto tierra de nadie, todos los días se pueden ver diferentes acusaciones de una persona a otra, la injuria y la calumnia son denuncias regulares que reciben los abogados de Tarija, pero por los costos, la burocracia y la falta de legislación especifica las víctimas acaban desistiendo y no prosiguen con sus demandas por lo que las afrentas públicas quedan en la impunidad.

La demanda por cualquier tipo de difamación no es un delito de orden público como lo es el robo o el abuso sexual sino es un delito de orden privado y su proceder es más administrativo donde se debe acudir a un abogado particular a diferencia del orden público donde tu abogado puede ser el fiscal de turno.

La presidenta del Colegio de Abogados de Tarija y de Bolivia (Conalab), Isabel Moreno, ha explicado a la Voz de Tarija que este tipo de demandas son comunes en los bufetes de abogados ya que al ser de orden privado, los primeros en ser requeridos son ellos.

Al tratarse de perfiles falsos como es común en la red social Facebook o en Twitter que en muchas ocasiones es usada para difamar con mentiras a las personas ya sea por su razón social, ideología, religión o un sin fin de razones, esto dificulta grandemente el proceso judicial de la persona afectada.

«En las redes sociales hay a veces muchos perfiles falsos y cuando hay perfiles falsos no se puede hacer gran cosa, ese es el problema, porque digamos si es que está a nombre de alguien y ese alguien sí puede ser identificado entonces se puede imprimir entonces esas cuestiones, esos hechos o palabras difamatorias, para después presentar una querella a través del orden privado», ha indicado la profesional.

Si bien es un proceso jurídico que básicamente corre por cuenta propia, hay requisitos que se deben tomar en cuenta al momento de presentar una demanda de difamación, como saber cómo presentar las pruebas o cómo iniciar un peritaje en el caso que la cuenta sea falsa.

«Se tienen que imprimir todas las cosas en donde hubieran palabras difamatorias en contra de la persona, ahí se tiene que hacer una querella, y esta la hace un abogado. No es como los delitos de orden público en donde uno va ante el fiscal o ante la policía, y el fiscal es tu abogado, no importa, no se necesita tener un abogado particular para cuando se trata de delitos de orden público, entonces en esta otra clase de delitos necesariamente tienes que contratar a un abogado para que haga la querella en contra de la persona», ha expresado Moreno.

Las personas afectadas pueden pedir la ayuda de un périto informático que colabore en la búsqueda del difamador en el caso de que la persona se esté ocultando bajo un perfil falso, pero esto después de pedir una orden especial al juez de sentencia en el momento preparatorio del juicio.

«Ese tipo de investigación se tiene que hacer dentro del proceso o sea que se tendría que pedir, eso lo tiene que coordinar con el abogado particular, porque para que sirva la búsqueda del IP de las cuentas, cuando estas son falsas tiene que ser una orden judicial en donde se designe a un perito y este haga este rastrillaje, esta investigación pero dentro de un acto que se llama preparatorio«, ha aclarado la presidenta.

Ya que de presentar este tipo de pruebas sin previo permiso del juez, pierden su valor y dejan de servir para aportar en el juicio, aunque muestren la identidad de la persona que difama.

«Si no se tienen las pruebas y se necesita que alguien más las tiene que sacar, entonces tienes que pedir al juez y a través de un acto preparatorio se hace una solicitud especial al juez de turno, juez de sentencia donde se hace este petitorio», ha indicado Moreno.

La realidad de estos casos que son tan comunes para los abogados se truncan por la burocracia y los altos costos que representan para las víctimas que «tarde o temprano» terminan cediendo.

Las sanciones que están establecidas para los delitos contra el honor en el Código Penal, son: por difamación que significa el daño que pudiese ocurrir tras que una persona de manera pública y tendenciosa revelerá un hecho que dañe la reputación de otra, esto lleva prestación de trabajo de un mes a un año y además una multa de 20 a 240 días.

En el caso de la calumnia que significa que una persona acusará falsamente de un delito a otra de manera pública y repetida, este delito se sanciona con privación de libertad de 6 meses a 3 años con una multa de 100 a 300 días.

Y las injuria que refiere a  cuando una persona bajo cualquier medio ofende a otra en su dignidad o decoro y se castiga con prestación de trabajo de un mes a un año con una multa de 30 a 100 días.

Teniendo en cuenta que los días que corresponden a la multa es la cantidad de días que tienes para pagar una sanción económica respecto a la capacidad de pago que tiene el acusado en caso de ser condenado, y la orden de trabajo se puede cumplir en cualquier entidad pública como Ornato Público por ejemplo donde se le dé la certificación que está cumpliendo con la sentencia.

En el mismo tema, el fiscal departamental, Gilbert Muñoz, ha explicado a La Voz de Tarija que atentar contra el honor de cualquier ciudadano es un delito penalizado solo que difiere en el procedimiento judicial.

«Está previsto en nuestra ley el proteger la dignidad de las personas no importando la función, de cualquier ciudadano, aun de repente la función pública que se ve afectada en su dignidad en su imagen el poder utilizar estas acciones penales, es decir, esto está penalizado, está establecido como delito en la ley, lo único es que hay la diferencia es el procedimiento», ha expresado Muñoz.

En referencia al procedimiento la persona que se vea afectada por este tipo de delitos no puede acudir a la policía ni al Ministerio Público ya que el procedimiento es diferente pero si es un delito penalizado.

«Estos son delitos de orden privado donde no tiene competencia ni el Ministerio Público ni la policía, donde el afectado si determina quién es el que le está afectado el honor o su dignidad, su reputación personal o la de su familia, puede acudir directamente a los jueces de manera penal o a los juzgados de sentencia, eso es lo que establece la ley», ha manifestado el fiscal.

Si bien estos delitos están establecidos en la Constitución Política del Estado y el Código Penal las personas pueden de manera directa, junto con un abogado particular, iniciar una querella criminal en un juzgado de sentencia.

«Son delitos de orden privado y la ley las ha previsto para que sean procesadas en el orden privado, evidentemente está protegido por la Constitución Política del Estado y las leyes, en el caso de mayores de edad que se vean implicadas en esto que estén en este tipo de situaciones, entonces el imputado puede de manera directa interponer una querella criminal ante el juzgado de sentencia», ha manifestado el fiscal.

En el caso de las mujeres pues lo que más se puede verificar es el caso de infidelidades y fotos venganza en las redes sociales, desde el Servicio Legal Integral Municipal (Slim) han asegurado que es muy difícil seguir ese procedimiento ya que muchas de las víctimas no denuncian por temor y prefieren quedar bajo el anonimato.

«Pueden venir, todas las víctimas son bienvenidas porque estaría dentro de las tipologías que establece la ley, para brindarles orientación sobretodo”, ha indicado la responsable del Slim, Karina Flores.

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